La Justicia autorizó las pensiones para parejas gays en Colombia PDF Imprimir E-Mail

pensiones para parejas gaysLa Corte Constitucional colombiana autorizó hoy 17 de abril el pago de la pensión de sobrevivientes a las parejas del mismo sexo. Un gran paso legal para la población lésbica gay, que se suma al fallo de esta misma Corte que autorizara hace un poco más de un año la unión marital de hecho y los derechos patrimoniales a estas parejas.

La Constitución política colombiana  garantiza el libre desarrollo de la personalidad y la no discriminación por razón de sexo. Para el Alto Tribunal "la decisión fue tomada con base en el principio de igualdad que debe existir entre los colombianos, sin importar sus preferencias sexuales", argumentos que igualmente fueron las razones que justificaron fallos previos en torno a los derechos de las minorías sexuales de este país.

La norma que no es retrospectiva, aclara que para poder adelantar los trámites relacionados con el pago de la pensión de sobrevivientes, las parejas de homosexuales y de lesbianas deben haber certificado ante un notario, que son compañeros permanentes y sostienen una relación estable.

El fallo del Alto Tribunal declaró exequibles varios artículos de la Ley 100 de 1993, amplio la comprensión de los conceptos conyugue y compañero o compañera permanente a las parejas del mismo sexo, condicionando así su vigencia y dando la posibilidad de aplicarlos también para la pareja permanente del mismo sexo del(a) afiliado(a) al sistema de seguridad social.

Una vez mas el esfuerzo de la organización LGBT Colombia Diversa y su grupo de asesores y asesoras legales jugó un papel decisivo al crear las condiciones legales para que dicho debate y fallo fueran posibles.


Manuel Velandia (GaiPress)
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